Imagina que, después de años trabajando en una empresa, decides tomarte un respiro mediante una excedencia voluntaria. Pasan los meses, incluso los años, y cuando por fin decides volver… te dicen que no hay sitio para ti.
Poco después descubres que han hecho fijos a varios trabajadores temporales. ¿Puede la empresa hacerlo? ¿Dónde queda tu derecho a reincorporarte? El Tribunal Supremo se ha pronunciado con claridad y su respuesta puede marcar un antes y un después para miles de personas trabajadoras.
El criterio del Supremo sobre el derecho preferente al reingreso tras una excedencia
En su Sentencia nº 190/2025, de 12 de marzo, el TS ha establecido que no se pueden transformar en indefinidos a trabajadores cuyos contratos son temporales si anteriormente un empleado en situación de excedencia voluntaria solicita su reincorporación y existe una vacante adecuada.
Según el Alto Tribunal, debe primar el derecho preferente de quien solicita el reingreso frente a la posibilidad de realizar nuevas contrataciones o consolidar contratos temporales, aclarando que esto no depende de la voluntad del empleador, sino que constituye una obligación legal que debe respetarse cuando concurran las condiciones previstas en el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué ocurrió en el caso que ha resuelto el Supremo?
El protagonista de la sentencia es un empleado que llevaba más de 15 años trabajando para la misma empresa, solicitando una excedencia voluntaria en 2004. En 2006 quiso volver, así como en 2007 y en 2019, recibiendo evasivas o negativas por supuesta falta de vacantes, pero la realidad era otra, ya que como hemos mencionado, mientras se ignoraban sus solicitudes, la empresa convertía contratos temporales en fijos que justificaba por acuerdos colectivos internos.
¿La conversión de contratos temporales en fijos genera vacantes?
Sí. Aunque no se trate de nuevas incorporaciones, el Tribunal Supremo considera que estas conversiones sí suponen vacantes a efectos del reingreso. Esto se debe a que habiendo necesidad de cubrir un puesto de forma estable, si ya hay una persona trabajadora que ha solicitado volver, no tiene sentido que se ignore a quien tiene un derecho reconocido por ley.
La empresa fue condenada a pagar 218.367,52 euros en concepto de indemnización por los salarios dejados de percibir entre 2012 y 2021 y no se descontaron los ingresos que el trabajador había obtenido trabajando en otras empresas ni las prestaciones por desempleo. La razón es esta: si el trabajador no pudo reincorporarse, fue única y exclusivamente por responsabilidad de la empresa.
¿Puede una empresa negarse a reincorporar a un trabajador en excedencia?
Sí, pero solo cuando no existan vacantes adecuadas. Si tras la solicitud de reingreso la empresa cubre esos puestos con contrataciones o transformaciones de contratos temporales, entonces sí estará obligada a reincorporar a quien tiene derecho preferente.
¿Qué debe hacer un trabajador en excedencia voluntaria para proteger su derecho al reingreso?
Aquí van algunas recomendaciones prácticas:
- Solicita el reingreso por escrito: preferiblemente por burofax o con acuse de recibo.
- Guarda copia de todas las comunicaciones, incluidas las respuestas de la empresa (o su silencio).
- Si no hay respuesta o te deniegan el reingreso sin causa, consulta con un abogado laboralista.
- Si la empresa transforma contratos temporales en indefinidos sin tenerte en cuenta, puedes reclamar tu derecho y exigir una indemnización.
Como podemos concluir, esta sentencia lanza un mensaje rotundo: la ley está por encima de los acuerdos internos de la empresa. El derecho al reingreso tras una excedencia voluntaria no puede ignorarse en favor de decisiones estratégicas o convenios colectivos. Si estás en excedencia, y has pedido volver, tu derecho existe y debe respetarse.
3 mitos sobre las excedencias voluntarias y el derecho a reincorporarse
Son muchos los trabajadores que no reclaman lo que les corresponde porque alguien les dijo que no tenían derecho, por eso vamos a desmontar, uno por uno, los mitos más extendidos sobre la reincorporación tras una excedencia voluntaria.
❌ “La empresa está obligada a guardarte tu puesto si te vas de excedencia”
✅ No, no están obligados a guardártelo: cuando pides una excedencia voluntaria, renuncias temporalmente a tu puesto, y la empresa no tiene que reservarte esa silla. Lo que sí reconoce la ley es tu derecho preferente a reincorporarte cuando haya una vacante de tu misma categoría o similar.
❌ “Si no te contestan a la solicitud de reincorporación, te han despedido”
✅ Imagina que envías un burofax pidiendo reincorporarte y no te responden. Días, semanas, incluso meses. ¿Significa eso que te han despedido? No. El silencio no es un despido. Tu solicitud queda ahí, activa, como una alarma que la empresa no puede ignorar indefinidamente. Mientras tanto, seguirás manteniendo tu derecho a ser considerado para cualquier vacante que encaje contigo.
❌ “Si pides reincorporarte una vez y no hay vacantes, pierdes tu oportunidad”
✅ Pongamos que mandaste la solicitud y la empresa te respondió: “Lo sentimos, no hay vacantes”. No te preocupes: no tienes que mandar una solicitud cada mes ni andar insistiendo: tu petición queda registrada y, si más adelante surge una vacante adecuada y no te llaman, ahí sí están vulnerando tus derechos.
Recuerda que tu excedencia no es el final de tu historia en la empresa: si has solicitado volver y hay vacantes, la ley está de tu parte. Saber cómo y cuándo actuar puede marcar la diferencia entre recuperar tu puesto o quedarte fuera injustamente. Infórmate, documenta cada paso y no des nada por perdido.
Si tienes dudas sobre tu situación o crees que tu derecho al reingreso no ha sido respetado, podemos ayudarte con rigor y confidencialidad. Estamos aquí para que tus derechos no se queden solo sobre el papel.