La Audiencia Nacional acaba de pronunciarse sobre un asunto que puede cambiar la forma en que muchas empresas y trabajadores gestionan el permiso de lactancia, ¿sigue siendo posible regular este derecho mediante convenio colectivo?
Reforma del Estatuto de los Trabajadores: nuevas opciones para el permiso de lactancia
Hasta hace poco, disfrutar del permiso de lactancia en ciertas modalidades dependía de lo que dijera el convenio colectivo o de llegar a un acuerdo directo con la empresa. Pero eso cambió en mayo de 2024, cuando el Gobierno reformó el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Desde entonces, es posible ejercer este derecho sin necesidad de pacto previo. Las tres formas posibles son:
- Ausencia diaria de una hora.
- Reducción de media hora de jornada.
- Acumulación del tiempo en jornadas completas.
Esta ampliación, formalizada en el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, convirtió lo que antes era opcional y negociable en un derecho pleno y automático.
¿Debe prevalecer lo firmado en el convenio o lo dispuesto en la ley?
Aquí empieza la parte delicada. Algunos convenios colectivos, como el del sector de atención a la dependencia, van más allá de la ley y mejoran el derecho: ampliando el disfrute hasta que el menor cumple 12 meses (frente a los 9 meses del Estatuto) o permiten reducir la jornada en una hora en lugar de media.
Esto llevó a varias organizaciones sindicales a reclamar que estas mejoras se aplicasen sin negociación adicional. Sin embargo, el convenio sigue diciendo que, para acumular el permiso en jornadas completas, debe pactarse con la empresa.
La Audiencia Nacional defiende que es posible negociar mejoras
La Audiencia Nacional ha zanjado esta discusión en su sentencia nº 49/2025, dictada el 4 de abril, concluyendo que la nueva normativa no impide que los convenios colectivos regulen cómo se aplican las mejoras que superen el mínimo legal.
Dicho de otro modo: el derecho básico se puede ejercer directamente, pero cuando el convenio añade ventajas (como más días de permiso o una reducción horaria superior), puede establecer condiciones para aplicarlas. No se cuestiona el derecho en sí, pero las condiciones específicas de las mejoras sí pueden estar sujetas a pacto.
Por lo tanto, la acumulación del permiso entre los 9 y los 12 meses del menor, al tratarse de una mejora respecto al Estatuto, no se activa de forma automática, requiriendo un acuerdo con la empresa, como establece el convenio.
¿Qué hacer si la empresa se niega a aplicar una mejora del convenio?
Lo primero es revisar si esa mejora está sujeta a pacto o si es directamente aplicable. Si la empresa se niega a aplicarla, puedes reclamar. A menudo basta con un buen asesoramiento para desbloquear la situación sin llegar a juicio.
Claves prácticas para empresas y trabajadores
El permiso de lactancia hasta los 9 meses del menor, en cualquiera de sus tres modalidades, es un derecho automático desde mayo de 2024 y se puede exigir sin acuerdo.
En cambio, sí requieren acuerdo con la empresa las mejoras pactadas en convenio colectivo, como:
- Reducción de una hora diaria, en lugar de media.
- Acumulación de días durante el periodo mejorado.
- La extensión del permiso hasta los 12 meses del menor.
Esta sentencia deja claro que la reforma del Estatuto ha reforzado los derechos mínimos, pero no ha eliminado el papel de la negociación colectiva para mejorar esos derechos. Si el convenio aporta más, puede también condicionar el cómo y el cuándo.
¿El convenio puede limitar el derecho automático de lactancia reconocido por ley?
No. Desde mayo de 2024, el permiso de lactancia básico es un derecho pleno, no condicionado. Ningún convenio, ni de empresa ni sectorial, puede reducirlo o restringirlo, pero como hemos visto, sí pueden ofrecer mejoras, y esas sí pueden regularse con ciertas condiciones.
Las personas trabajadoras tienen garantizado el disfrute básico del permiso de lactancia, pero si quieren beneficiarse de lo que mejora el convenio, tendrán que acordar las condiciones con sus empleadores.
¿Hasta qué punto es negociable la acumulación del permiso de lactancia?
La acumulación es automática solo en el tramo legal (hasta los 9 meses del menor). Si el convenio extiende el permiso más allá de ese límite, lo añadido entra en el terreno de lo negociable. En ese caso, no basta con pedirlo: hay que acordarlo.
¿Puedo reclamar una mejora del permiso si ya he agotado el derecho básico?
Sí, siempre que el convenio contemple mejoras y puedas acreditar que no las conocías o que no te las ofrecieron. No es lo habitual, pero hay situaciones en las que se puede reclamar el disfrute parcial o incluso una compensación si la empresa negó un derecho que sí tenías reconocido. No pierdes nada por consultarlo.
¿Es necesario asesorarse para pactar las mejoras del permiso de lactancia?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable, sobre todo cuando el convenio incluye condiciones específicas, como preavisos, turnos o acumulación parcial. Un buen asesoramiento evitará errores y te ayudará a negociar en igualdad de condiciones con la empresa. Un simple escrito bien planteado puede cambiarlo todo.