Padres con custodia compartida llevando a sus hijos en los hombros

IMV y custodia compartida: ¿cómo afecta el empadronamiento de los hijos?

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El Tribunal Supremo ha unificado doctrina y fijado un criterio claro: en custodia compartida, un progenitor no puede percibir el ingreso mínimo vital en la modalidad de adulto con menores a cargo si los hijos están empadronados con el otro progenitor, ya que a efectos de cuantía solo computan en la unidad de convivencia del domicilio donde figuran domiciliados oficialmente.

La decisión armoniza criterios que venían sosteniendo distintos TSJ y establece una aplicación uniforme a futuro, aportando seguridad jurídica a las familias con custodia compartida tras separación o divorcio.

El caso que llevó al Supremo a fijar criterio sobre el ingreso mínimo vital

Todo comenzó cuando un padre con custodia compartida solicitó el IMV en la modalidad de adulto con dos menores. Alegó que, aunque los niños estaban empadronados con la madre, pasaban semanas alternas en su casa, lo que a su entender mantenía la convivencia a efectos de la prestación.

El Juzgado de lo Social nº 5 de Granada rechazó la petición. Sin embargo, el TSJ de Andalucía revocó esa decisión, entendiendo que la custodia compartida podía asimilarse a las separaciones temporales previstas en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 20/2020, criterio que, según el Supremo, no era aplicable al no existir una unidad de convivencia previa en el domicilio del solicitante.

Artículo 10.4 del Real Decreto-ley 20/2020 y su impacto en el IMV

La Sala de lo Social del Supremo corrigió ese planteamiento y aplicó el artículo 10.4, que establece que, en casos de custodia compartida, los menores se consideran integrantes de la unidad de convivencia en la que estén oficialmente domiciliados, sin margen para interpretaciones flexibles.

En consecuencia, solo el progenitor del domicilio empadronado puede percibir la cuantía de adulto con menores. Además, conforme al artículo 6.3, nadie puede formar parte de dos unidades de convivencia a la vez, lo que impide duplicidades en la prestación.

Diferencia entre convivencia real y empadronamiento en el IMV

En la vida real, la custodia compartida implica que los menores viven por periodos con ambos progenitores. Sin embargo, para el Ingreso Mínimo Vital no cuenta el reparto del tiempo, sino el registro oficial en el padrón municipal.

El Supremo recuerda que este criterio no es arbitrario, pues pretende impedir que un mismo menor genere derechos económicos en dos unidades distintas. En consecuencia, esta sentencia unifica la doctrina y coincide con el criterio aplicado en 2023 por el TSJ de Asturias.

Ahora bien, aunque el Supremo confirme que el art. 10.4 no admite interpretaciones alternativas, el progenitor no tendrá que reintegrar lo percibido durante la ejecución provisional de la sentencia del TSJ de Andalucía, conforme al artículo 294.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Compatibilidad del ingreso mínimo vital con otras ayudas para padres con custodia compartida

Es posible cambiar el empadronamiento si obedece a una residencia real y estable. Un empadronamiento ficticio puede conllevar reintegros y sanciones. Además, los efectos económicos en el IMV suelen proyectarse desde el primer día del mes siguiente a la comunicación del cambio a la Seguridad Social.

¿El ingreso mínimo vital es compatible con otras ayudas en casos de padres separados?

Sí, el IMV es compatible con ayudas autonómicas o municipales, siempre que no superes los límites de ingresos y patrimonio establecidos. También puede coexistir con pensiones alimenticias o prestaciones por hijo a cargo, pero el importe de estas se descuenta para calcular el IMV.

Lo que deben saber los padres con custodia compartida si optan al ingreso mínimo vital

Si te encuentras en la situación de tener la custodia compartida de tus hijos y aspiras a percibir el ingreso mínimo vital por menores a cargo, ten en cuenta que el requisito clave es que tus hijos estén empadronados en tu domicilio, como ha clarificado el alto tribunal. La convivencia alterna, por sí sola, no es suficiente. Con este pronunciamiento, el Supremo establece un criterio firme que guiará la resolución de casos similares en el futuro.

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