Recibes tu nómina y descubres que una parte ha desaparecido. No es un error. Hacienda, la Seguridad Social o incluso un particular con una sentencia a su favor pueden embargar parte de tu sueldo si tienes deudas pendientes.
Pero aquí viene la buena noticia: la ley protege una parte de tu sueldo y con la subida del salario mínimo interprofesional (SMI), también cambia la cantidad que te pueden retener. En este artículo, te explicamos cuánto te pueden embargar de tu nómina y qué parte de tu sueldo está a salvo.
¿Pueden embargar toda mi nómina?
No. Por muy grande que sea la deuda, tu nómina nunca podrá ser embargada en su totalidad. La ley es clara al respecto. El artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que el salario mínimo es inembargable, tanto en su cuantía mensual, como en la anual, mientras que el 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dicta que no se puede embargar ningún sueldo que no supere el SMI.
Es importante tener en cuenta que el SMI se establece en términos brutos (1.184 euros en 14 pagas), pero el límite de embargo se aplica sobre el importe neto que recibe el trabajador tras aplicar retenciones y cotizaciones. Dicho de otro modo: si el importe que ingresas en tu cuenta es igual o inferior al salario mínimo interprofesional (bruto), no podrán embargarte ni un euro.
Embargo de nómina: ¿cuánto te pueden quitar?
El SMI se sitúa este año en 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas. Esto significa que las franjas de embargo también se ajustan, y quedan así los nuevos tramos según el citado artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Rango de ingresos (€) | Porcentaje embargable |
Hasta 1.184 | 0% |
1.184 – 2.368 | 30 % |
2.368 – 3.552 | 50 % |
3.552 – 4.736 | 60 % |
4.736 – 5.920 | 75 % |
Más de 5.920 | 90 % |
¿Y si cobro en 12 pagas en lugar de 14?
Si tienes las pagas extraordinarias prorrateadas, tu SMI mensual sube a 1.381,33 euros brutos, lo que ajusta los tramos de embargo de la siguiente manera:
Rango de ingresos (€) | Porcentaje embargable |
Hasta 1.381,33 | 0% |
1.381,33 – 2.762,66 | 30 % |
2.762,66 – 4.143,99 | 50 % |
4.143,99 – 5.525,32 | 60 % |
5.525,32 – 6.906,65 | 75 % |
Más de 6.906,65 | 90 % |
📝Ejemplo de embargo para un sueldo neto de 2.500€
Juan cobra 2.500€ netos mensuales en 14 pagas, por lo que se encuentra en los siguientes tramos:
- Sueldo de hasta 1.184€: 0%
- Sueldo entre 1.184€ y 2.368€: 30%
- Sueldo entre 2.368€ y 3.552€: 50%
Paso 1: determinar la parte inembargable
Los primeros 1.184€ están protegidos y no pueden ser embargados.
Paso 2: calcular la parte embargable
El sueldo neto de Juan es de 2.500€, por lo que la cantidad sujeta a embargo será el excedente sobre 1.184€:
- 2.500€ – 1.184€ = 1.316€
Paso 3: aplicar los tramos de embargo
Aplicamos el porcentaje embargable según la tabla:
El primer tramo a aplicar es de 1.184€ a 2.368€
- Diferencia: 2.368€ – 1.184€ = 1.184€
- Porcentaje aplicable: 30%
- Embargo en este tramo: 1.184€ × 0.30 = 355,20€
El segundo tramo es el que va de 2.368€ a 3.552€
Dado que el sueldo de Juan es de 2.500€, solo se considera la parte que excede 2.368€:
- Diferencia: 2.500€ – 2.368€ = 132€
- Porcentaje aplicable: 50%
- Embargo en este tramo: 132€ × 0.50 = 66,00€
Paso 4: sumar el total del embargo
Total embargado: 355,20€ + 66,00€ = 421,20€
- Sueldo neto original: 2.500€
- Total embargado: 421,20€
- Juan tras el embargo: 2.500€ – 421,20€ = 2.078,80€
¿Cómo afecta una paga extra o las cargas familiares al embargo?
Los meses que corbes una paga extraordinaria, la cantidad inembargable se duplicará (artículo 607.3 de la LEC). Si tienes cargas familiares, puedes solicitar una reducción del embargo entre un 10 % y un 15 % en los tramos del 30%, 50%, 60% y 75%, como establece el artículo 607.4 de la LEC.
Si tienes dudas o necesitas ayuda con tu caso, contar con un abogado especializado en embargos y deudas puede marcar la diferencia. Un buen asesoramiento puede ayudarte a evitar sorpresas desagradables en tu nómina y encontrar la mejor solución para tu situación.
5 mitos sobre el embargo de nóminas en España
El embargo de nómina es un tema que genera muchas dudas y, sobre todo, mucha información errónea, por eso vamos a desmontar los malentendidos más extendidos y explicarte cómo funciona este proceso.
❌ “Si no tengo contrato de trabajo, no pueden embargarme el sueldo”
✅ El embargo no depende de tener un contrato formal. Si tienes ingresos, aunque seas autónomo o cobres en efectivo, pueden embargarte igualmente. La ley no distingue entre un sueldo de nómina y otros tipos de ingresos, como rentas por alquiler, pensiones o facturación. Lo importante es que supere el SMI, que es la cantidad inembargable.
❌ “Si tengo muchas deudas, pueden embargarme toda la nómina”
✅ No pueden quitártelo todo. La ley protege una parte de tus ingresos para garantizar tu subsistencia. El SMI es inembargable y solo se puede embargar lo que exceda este límite.
❌ “Si mis ingresos no están declarados, no pueden embargarme”
✅ No declarar ingresos no es una estrategia válida para evitar un embargo, sino una vía directa a problemas más serios. Tanto Hacienda como la Seguridad Social disponen de métodos para detectar ingresos no declarados. Si te descubren, podrías enfrentarte a multas y recargos adicionales.
❌ “Si cobro en 12 pagas, me pueden embargar más”
✅ No importa si cobras en 12 o 14 pagas, la ley lo tiene en cuenta y ajusta los límites de embargo. Si recibes 14 pagas, cada mes el umbral inembargable es el SMI en 14 pagas. Si cobras en 12 pagas (con las extras prorrateadas), el límite inembargable es el SMI dividido en 12 meses, pero el resultado es el mismo. Además, en los meses donde se recibe una paga extra, el umbral inembargable se duplica para evitar que embarguen más de lo permitido.
❌ “Tener hijos o mayores a mi cargo no afectará al embargo”
✅ Si tienes cargas familiares (hijos, cónyuge sin ingresos, personas dependientes a tu cargo), puedes solicitar una reducción de entre un 10% y un 15% en los porcentajes de embargo. La idea es proteger a quienes tienen responsabilidades familiares y no pueden permitirse una reducción tan drástica de su salario.
El embargo de nómina es un proceso regulado por la ley, pero eso no significa que siempre se aplique correctamente. Conocer las normas básicas te permitirá detectar errores, reducir el impacto del embargo o evitarlo en algunos casos. Cuando te enfrentes a una retención en tu nómina, recuerda: no asumas que todo está bien sin revisarlo. Una simple comprobación puede suponer un ahorro importante.