Vamos a explorar algunos aspectos clave de las herencias en España, ya que la pérdida de un ser querido supone un momento de gran estrés y confusión y, a menudo, a la tristeza y el duelo se suma la necesidad de lidiar con cuestiones legales y financieras.
Aceptar una herencia en España
La aceptación de la herencia es un acto voluntario y libre por el cual un heredero manifiesta su voluntad, de modo que se trata de un negocio jurídico unilateral. Por lo tanto, eres libre de aceptar o repudiar la herencia.
Reparto de herencias: ¿cómo se hace?
Dos tercios del total del caudal hereditario deben dirigirse a los familiares más directos, es decir, a los herederos forzosos, independientemente de lo que diga el testamento. Por ejemplo, si una persona viuda fallece y deja un patrimonio de 900.000 euros y tres hijos (Juan, Ana y Pedro), estos tres hijos recibirán dos tercios de la herencia, es decir, 600.000 euros en total.
Desglosando el tercio de legítima estricta en las herencias
El primer tercio, llamado tercio de legítima estricta, se reparte a partes iguales entre los hijos del fallecido. Si no hay hijos, entre los padres del difunto. Si tampoco hay padres, puede ir al cónyuge viudo. En nuestro ejemplo, Juan, Ana y Pedro recibirían 100.000 euros cada uno de ellos.
El tercio de mejora en herencias: ¿qué es y cómo funciona?
El segundo tercio, llamado tercio de mejora, también va a los herederos forzosos, pero el testador puede decidir cómo se repartirá. Por ejemplo, si el testador tiene tres hijos, puede decidir que este tercio se reparta solo entre dos de ellos o que todo vaya a uno. Supongamos que la persona fallecida decidió que este tercio de mejora se reparta solo entre Juan y Ana. Entonces, Juan y Ana recibirían cada uno la mitad del tercio de mejora, es decir, 150.000 euros cada uno, mientras que Pedro no recibiría nada de este tercio.
Tercio de libre disposición: lo que necesitas saber
El último tercio, llamado de libre disposición, puede ir a cualquier persona que el testador decida, sin que tenga que ser un heredero forzoso. Es habitual dejar esta parte al cónyuge, a un sobrino, un familiar lejano o incluso a una ONG. Siguiendo con el ejemplo, la persona fallecida podría haber decidido dejar este tercio a una ONG. Por lo tanto, esta organización recibiría 300.000 euros (la tercera parte de 900.000 euros) y Juan, Ana y Pedro no recibirían nada de este tercio.
Por lo tanto, al final del reparto de la herencia, Juan y Ana tendrían cada uno 250.000 euros (100.000 del tercio de legítima estricta más 150.000 del tercio de mejora), Pedro tendría 100.000 euros (del tercio de legítima estricta) y la ONG, 300.000 euros (del tercio de libre disposición).
250.000€ + 250.000€ + 100.000€ + 300.000€ = 900.000€
¿Cómo afecta el cónyuge al reparto de la herencia?
Cuando una persona fallece, la distribución de su patrimonio puede variar significativamente si el cónyuge sobrevive, ya que tiene derecho a una parte de la herencia. Sin embargo, este derecho no es en propiedad de los bienes, sino en usufructo, es decir, el uso y disfrute de los mismos. El cónyuge viudo tendrá derecho al usufructo del tercio de mejora si hay descendientes. Cuando no los haya, tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia, pero los propietarios seguirán siendo los herederos.
Si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, cuando uno de los cónyuges fallezca, el cónyuge viudo recibirá en propiedad la mitad de los bienes gananciales, mientras que la otra mitad se considerará parte de la masa hereditaria. En todo caso, el cónyuge tendrá derecho al usufructo de parte de los gananciales para garantizar una cierta estabilidad económica durante el resto de su vida.
Por lo tanto, si la persona fallecida estuviese casada y el cónyuge siguiera vivo, este tendría derecho al usufructo de una parte de la herencia. Esto podría afectar la cantidad que recibirían los hijos y la ONG en el ejemplo anterior. Sin embargo, la distribución exacta dependería de varios factores, incluyendo el régimen económico y las disposiciones específicas del testamento. Para obtener información más precisa y personalizada, consulta con un abogado.
¿Se heredan las deudas?
Por ley, cualquier deuda que tenga un fallecido pasará directamente a los herederos, siempre y cuando estos acepten la herencia. Esto significa que también herederas las deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales, hipotecas y demás productos bancarios.
¿Puedo renunciar a una herencia si aparecen deudas desconocidas?
En principio, una vez hayas aceptado una herencia, esta decisión será irrevocable, como puedes leer en el artículo 997 del Código Civil. Sin embargo, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en su Sentencia 142/2021 de 15 de marzo de 2021 determinó que un heredero puede renunciar a la herencia aceptada si las deudas que aparecen no se hubieran conocido en el momento de aceptarla, algo que puedes valorar si te encuentras en esta situación.
Aceptación a beneficio de inventario: protege tu patrimonio
Aceptar a beneficio de inventario es una buena opción para recibir la herencia sin poner en riesgo tus propios bienes. No quedarás obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma. De esta manera, te cubrirás desde el principio y evitarás heredar más deudas que bienes.
Desmontando mitos sobre las herencias
Mito 1: “Las deudas no se heredan”
Realidad: Cualquier deuda que tenga un fallecido pasará directamente a sus herederos, siempre y cuando estos la acepten.
Mito 2: “Una vez acepto una herencia, no puedo renunciar”
Realidad: Como hemos visto, aunque en principio la decisión es irrevocable, el Tribunal Supremo avala la posibilidad de renunciar a la herencia aceptada si aparecen deudas desconocidas.
Mito 3: “La herencia se reparte a partes iguales entre los herederos”
Realidad: El tercio de mejora también debe ir a parar a los herederos forzosos, pero a diferencia de la legitima estricta, el testador puede decidir cómo repartirlo y recuerda que el de libre disposición es para quien el testador decida.
Mito 4: “No hacer testamento simplifica el proceso de herencia”
Realidad: Cuando una persona fallece sin dejar testamento, se dice que ha fallecido “intestado”. En este caso, la ley determina quiénes son los herederos y cómo se reparte la herencia. Esto puede conducir a situaciones desagradables y conflictos familiares, ya que puede que la distribución legal no coincida con lo que el fallecido hubiera querido.
Los herederos tendrán que realizar un trámite adicional: la declaración de herederos, un procedimiento ante notario y para determinar quiénes son los herederos legales. Este trámite puede ser largo y costoso, y se podría evitar haciendo testamento.
Además, no solo permite decidir cómo se repartirán los bienes, ya que también puede incluir disposiciones como el nombramiento de un albacea para cumplir sus últimas voluntades o establecer tutelas para los hijos. Como puedes ver, el mito de que no hacer testamento simplifica las cosas está bastante lejos de la realidad.
Esperamos que este artículo te haya ayudado a entender mejor cómo funcionan las herencias en nuestro país. Recuerda que cada situación es única y presentará particularidades que requieran asesoramiento legal especializado. Si tienes más dudas e inquietudes, no dudes en buscar más información en este blog o hacernos llegar las preguntas que necesites.