Tienes un pequeño bar y has conseguido que el ayuntamiento te autorice a colocar una terraza, espacio que se convierte en el alma de tu negocio cuando llega el buen tiempo. Un día, recibes un requerimiento de la Agencia Tributaria: quieren que pagues el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas (ITP) por dicha terraza, y te preguntas si realmente debes pagar este impuesto.
El Tribunal Supremo tiene la respuesta, y puede cambiarlo todo. Esta decisión judicial no solo resuelve un malentendido fiscal, sino que alivia una carga económica significativa a miles de hosteleros de toda España, garantizando que puedas centrarte en lo que realmente importa: atender a tus clientes y hacer crecer tu negocio.
¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre el ITP y las terrazas?
La reciente sentencia del Supremo ha supuesto un hito en la normativa fiscal que afecta a la hostelería. La resolución de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo determina que la autorización municipal para instalar y explotar terrazas en la vía pública no constituye un hecho imponible sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP).
Esta interpretación se fundamenta en el artículo 13.2 del Texto Refundido de la Ley del ITP y AJD, que regula las concesiones administrativas y el aprovechamiento especial del dominio público. El Supremo aclara que no toda autorización para usar bienes públicos genera un desplazamiento patrimonial que justifique el pago del impuesto.
Además, el tribunal resalta que la determinación de un posible desplazamiento patrimonial requiere un análisis específico de las condiciones particulares de cada autorización. Por lo tanto, obtener un permiso municipal para colocar mesas y sillas en la vía pública no implica, por sí solo, una obligación tributaria.
¿Por qué es tan importante esta distinción para el ITP?
La clave radica en diferenciar entre una concesión administrativa y una autorización municipal. Aunque ambas permiten aprovechar bienes públicos, como una terraza en la vía pública, no tienen el mismo tratamiento:
- Autorización municipal: permite usar un espacio público de forma limitada, sin otorgar un derecho exclusivo; por ejemplo, instalar una terraza desmontable.
- Concesión administrativa: otorga un derecho exclusivo sobre el espacio público, generalmente por un periodo más largo y bajo condiciones específicas.
El caso que llegó al Tribunal Supremo
Todo empezó en Badalona, cuando la Agencia Tributaria de Cataluña reclamó a una contribuyente el ITP por la terraza de su negocio. Sorprendida, explicó que ya abonaba la tasa municipal por ocupación de la vía pública y que no veía razón para pagar un impuesto adicional.
La Administración, no obstante, inició un procedimiento de comprobación y dictó una liquidación provisional, considerando que la autorización municipal se trataba, en realidad, una concesión administrativa sujeta al ITP. El caso escaló hasta el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR), que dio la razón a la contribuyente. Más tarde, el TSJ de Cataluña confirmó esta postura. Finalmente, el caso llegó al Supremo, que ha desestimado el recurso y zanjado la cuestión.
7 tips para cuando la Administración insista en aplicar el ITP
Cuando te exijan el abono del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la terraza de tu negocio, es fundamental que actúes con rapidez y conociendo tus derechos. A continuación, te ofrecemos una guía para gestionar esta situación y proteger tus intereses:
1. Analiza el requerimiento
Revisa el documento que te haya enviado la Administración, especialmente los motivos por los que consideran que debes pagar el ITP. Comprueba si se refieren a tu autorización municipal como una concesión administrativa o si justifican el impuesto por otro motivo.
2. Consulta con un asesor
Un profesional puede interpretar el requerimiento en el contexto de la normativa vigente y de la reciente sentencia del Tribunal Supremo. Además, te ayudará a identificar posibles errores en la liquidación.
3. Prepara una respuesta argumentada
Si consideras que la liquidación es incorrecta, presenta un escrito de respuesta al requerimiento. En este documento puedes:
- Explicar que ya pagas la tasa municipal por ocupación de la vía pública, si aplica.
- Pedir una revisión individualizada del caso, tal y como establece la doctrina jurisprudencial.
- Citar la sentencia del Tribunal Supremo, destacando que las autorizaciones municipales no son automáticamente hechos imponibles del ITP.
4. Solicita la suspensión de la liquidación, si es necesario
Si la Administración insiste en continuar con el procedimiento, puedes solicitar la suspensión de la ejecución de la liquidación mientras presentas alegaciones o recursos, especialmente cuando exista riesgo de perjuicio económico.
5. Pon un recurso
Si tu escrito no es aceptado y se emite una liquidación definitiva, presenta un recurso o acude directamente al TEAR para argumentar que la liquidación no cumple con los requisitos legales establecidos por el Supremo.
6. Lleva el caso a la vía judicial, si es necesario
Si el recurso administrativo no prospera, puedes acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. En este punto, contar con un abogado especializado en Derecho fiscal es esencial para maximizar tus posibilidades de éxito.
7. Asegúrate de cumplir con el resto de tus obligaciones fiscales
Aunque impugnes la liquidación del ITP, procura estar al día con el resto de tus pagos, como las tasas municipales. Esto refuerza tu postura y evitará problemas adicionales.
Recuerda que cada caso es único, y la reciente sentencia del Supremo destaca que las circunstancias de cada autorización deben analizarse individualmente. Contar con un buen asesoramiento no solo te ayudará a proteger tu negocio, sino que también te permitirá concentrarte en lo que realmente importa: ofrecer la mejor experiencia a tus clientes.